Nieto Moya

¿Divorcio o separación de mutuo acuerdo?

¿Divorcio o separación de mutuo acuerdo?DIVORCIO O SEPARACIÓN DE MUTUO ACUERDO: DUDAS FRECUENTES

Cuando recibimos en nuestro despacho a clientes que pretenden divorciarse o separarse de mutuo acuerdo, nos encontramos con que, en la mayoría de los casos, las dudas son recurrentes. Por este motivo hemos pensando lo idóneo de hacer una entrada que resumiera las inquietudes de parejas que, de mutuo acuerdo, quieren poner fin o interrumpir su relación.

1.- QUE DIFERENCIA EXISTE ENTRE SEPARACIÓN Y DIVORCIO?

La separaciónjudicial es un cese de la convivencia del matrimonio con efectos tanto patrimoniales como personales, es decir, tiene efectos legales frente a terceros aunque no pone fin al matrimonio (el vínculo matrimonial seguiría vigente) ni disuelve el régimen económico matrimonial, tan solo efecto de separación de bienes desde la sentencia.Si hubiera reconciliación, al seguir vivo el vínculo matrimonial, la pareja a todos los efectos, podría revertir la situación poniendo fin al procedimiento de separación y dejando sin efecto lo resuelto en el mismo, poniéndolo en conocimiento del Juez o Notario.

En cambio, el divorcio pone fin al vínculo matrimonial y disuelve el régimen económico del mismo con efecto frente a terceros. Si mediara arrepentimiento de los ex cónyuges, tendrían que contraer de nuevo matrimonio.

Ambos se obtienen mediante sentencia judicial e impiden que el otro cónyuge herede si no hay testamento y que tenga derecho a la legítima.

 

2.- ¿PODEMOS DIVORCIARNOS DIRECTAMENTE O DEBEMOS SEPARARNOS ANTES?

Para obtener el divorcio no es necesario solicitar previamente la separación judicial. Tan solo se exige que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.

 

3.- ¿DEBEMOS ALEGAR ALGUNA CUASA PARA OBTENER EL DIVORCIO O LA SEPARACIÓN?

No, ya no es necesario alegar ninguna causa para solicitar el divorcio. Se pide, sin más.

 

4.- ¿CÓMO LO HACEMOS?

Deben firmar un documento llamado CONVENIO REGULADOR manifestando su decisión de separarse o divorciarse y poniendo de manifiesto los acuerdos que han alcanzado.

 

5.- ¿QUÉ CONTENIDO TIENE UN CONVENIO REGULADOR?

Es necesario que se recojan todos los acuerdos alcanzados respecto de los siguientes aspectos:

  1. Patria Potestad y custodia de los menores (ver entrada Patria Potestad Vs Guarda y Custodia.
  2. Régimen de visitas para los padres y, en su caso, podría establecerse también para los abuelos.
  3. Atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar (lugar en el que ha residido la familia)
  4. Pensión de alimentos a favor de los hijos: importe, periodo y forme de pago, actualizaciones. No hay importes preestablecidos legalmente. La cuantía dependerá de las necesidades de los menores y de las posibilidades económicas de los padres.
  5. Contribución a las cargas del matrimonio: cómo y quién se hará cargo de los préstamos, hipotecas y demás obligaciones del matrimonio.
  6. Pensión compensatoria cuando la separación o el divorcio produzca en alguno de los cónyuges un desequilibrio económico en cuanto a la situación anterior.
  7. Liquidación del régimen económico matrimonial: atribución de los bienes y las deudas. Éste aspecto puede tratarse en un momento posterior, no es necesario alcanzar acuerdo previo para firmar el convenio regulador.

 

6.- ¿CÓMO ME DIVORCIO?

Hay dos formas de hacerlo, ante notario, si no tenéis hijos menores de edad o judicialmente, si los tenéis. El divorcio o separación judicial precisa de la intervención profesional de abogado y procurador.

 

7.- ¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?

Como decimos, el convenio regulador firmado por ambas partes, la certificación del matrimonio y en su caso del nacimiento de los hijos. Si se va a liquidar el régimen económico matrimonial será necesario aportar los títulos de propiedad de los bienes, las deudas, los saldos bancarios, en definitiva los documentos que acrediten los bienes y las deudas del matrimonio.

 

8.- ¿CÓMO SE TRAMITA UN PROCEDIMIENTO DE DIVORCIO?

Son varios pasos, aunque la duración depende del Juzgado ante el cual se presente la demanda. En resumen son los siguientes:

  1. Elaboración y firma del convenio regulador
  2. Redacción y presentación conjunta de la demanda de divorcio o separación.
  3. Ratificación ante el Juzgado del convenio regulador
  4. Si existen hijos menores de edad, se le da traslado del convenio regulador al Ministerio Fiscal para su visto bueno, ya que se encarga de velar por el interés de los menores de edad.
  5. Si ni el Fiscal ni el Juez encuentran objeciones al convenio regulador, se aprueba el mismo y se dicta sentencia.
  6. El Juzgado ordena inscribir la sentencia de separación o divorcio en el Registro de la Propiedad.

 

Os recomendamos que busquéis el asesoramiento de un abogado especializado en la materia ya que cada circunstancia es diferente y hay que buscar soluciones adaptadas a cada familia.

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