Nieto Moya

El Tribunal Supremo establece que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF

El Tribunal Supremo establece que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPFEl Tribunal Supremo establece que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF. La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en la sentencia 1462/2018 del 3 de octubre de 2018, ha establecido como doctrina legal que “las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas»

El Tribunal Supremo establece que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en la sentencia 1462/2018 del 3 de octubre de 2018, ha establecido como doctrina legal que “las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas«, considerando que las prestaciones por maternidad de la Seguridad Social están exentas en virtud del artículo 7.h) de la IRPF.

1.    ¿Quiénes pueden reclamar la devolución de ingresos indebidos?

La sentencia tiene carácter retroactivo pero con un límite temporal. Es por ello que todas las personas que hayan disfrutado de bajas de maternidad desde 2014 pueden solicitar la devolución de lo que ingresaron por IRPF en sus prestaciones, las anteriores quedan prescritas. Es decir, se pueden reclamar las declaraciones de la Renta de 2014, 2015, 2016 y 2017.

Además, quienes hubieran iniciado un procedimiento de reclamación, aun habiendo recibido las prestaciones de maternidad con anterioridad a estos ejercicios, también se verán beneficiados por la sentencia porque el plazo queda en suspenso al haber comenzado el trámite.

2.    ¿Cómo se puede solicitar?

El procedimiento es el de  solicitud de rectificación de autoliquidación y solicitud de devolución de ingresos indebidos del ejercicio en que se percibió la prestación.

En el caso de que el niño naciera en el último trimestre del año, es posible que se cobrara la prestación en dos ejercicios distintos, por lo que se debe solicitar la rectificación de autoliquidación de los dos ejercicios.

En Nieto Moya Abogados estaremos encantados de tramitarle la devolución de los ingresos indebidamente pagados.

Quedamos a su disposición para ampliar esta información y cuantas dudas le puedan surgir en relación a lo referenciado.

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